Certificado de inscripción consular y edicto

Certificado de inscripción consular y edicto

La República Dominicana, a través de sus embajadas y consulados en el extranjero, proporciona a todos los ciudadanos dominicanos una variedad de servicios relacionados con el estado civil.

Estos servicios son esenciales para llevar a cabo cualquier actividad o función que requiera documentos o servicios oficiales.

El certificado de Edicto es el documento oficial que confirma que un ciudadano dominicano ha publicado su intención de contraer matrimonio con otro ciudadano, sin que haya habido objeciones durante los 16 días de publicación, tal como lo establece la ley.

Información Esencial de Certificado de inscripción consular y edicto

  1. Haber publicado el Edicto o proclama de matrimonio.
  2. Que ningún ciudadano haya manifestado oposición a la intención de matrimonio.

Entre 10 minutos y 2 horas dependiendo de las urgencias y disponibilidad de personal.

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD).
  2. En esta sección solo se mencionan los servicios más frecuentes. Cualquier otro tipo de servicio será abordado atendiendo a la naturaleza de la solicitud.
  3. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  4. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.

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Formulario Certificado de inscripción consular y edicto

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