Visa de Dependencia Múltiple (DPM)
Según la Ley No. 875, promulgada el 31 de julio de 1978, se establece que los extranjeros que deseen ingresar a la República Dominicana deben obtener un visado válido en sus documentos de viaje, a menos que sean nacionales de países con los cuales se hayan firmado acuerdos de exención de visado con fines turísticos.
Una visa de dependencia múltiple es un tipo de visa otorgada por el ministerio de relaciones exteriores de la República Dominicana, que permite a un extranjero residir en el país en calidad de dependiente de un titular de visa de residencia temporal o permanente.
Es importante cumplir con este requisito para garantizar un ingreso legal al territorio dominicano.
- Para solicitar una visa, es necesario completar el formulario correspondiente, disponible en las oficinas consulares o en línea.
- Además, se requiere una carta dirigida a la oficina consular por parte de la persona responsable del beneficiario, quien debe identificarse y presentar pruebas de su vínculo con el solicitante, ya sea por lazos familiares o relación laboral. Esta carta debe estar firmada por el organismo del cual depende el beneficiario si se trata de una visa NM1 de Negocios con Fines Laborales por un año.
- Se debe adjuntar una fotografía reciente tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco, así como el pasaporte original con al menos seis meses de vigencia y una fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, en caso de aplicar.
- Además, se requiere la presentación del Acta de Matrimonio y Acta de Nacimiento de los hijos, según la relación que tenga el solicitante con el beneficiario. Estos documentos deben estar apostillados y traducidos si están redactados en un idioma diferente al español.
- Otros requisitos incluyen un Certificado de No Antecedentes Penales expedido por la autoridad competente de los países donde haya residido en los últimos cinco años, una Certificación Médica que indique la ausencia de enfermedades contagiosas y una Carta de Garantía debidamente notarizada y legalizada por la Procuraduría General de la República, a presentar por el garante en RD junto con los demás documentos en el día de la entrevista en el consulado dominicano.
El tiempo estimado para recibir una respuesta es de 5 a 10 días hábiles.
"Por medio de esta declaración, garantizo que [nombre, nacionalidad y pasaporte] no excederá el tiempo autorizado por la Dirección General de Migración en la República Dominicana, ni buscará cambiar su estatus migratorio desde dicho territorio, dedicándose exclusivamente a la actividad para la cual se le otorgó la visa. Asimismo, me comprometo moral y económicamente a su retorno a su país de origen, asumiendo los costos derivados de su estancia en el país o de su repatriación o deportación, según sea necesario."
- Para respaldar la solicitud, se deben presentar documentos que demuestren solvencia económica, como cartas bancarias, de trabajo, títulos de propiedad, entre otros, emitidos por la persona de la cual depende el interesado. Si alguno de estos documentos es emitido en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República.
- Además, se requiere la presentación de copias de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y del pasaporte de la persona de la cual depende el solicitante. En caso de que el Ministerio de Relaciones Exteriores lo considere necesario, se reserva el derecho de convocar al garante para una entrevista con un funcionario de la dirección consular.
- Haber cumplido con todos los requisitos mencionados anteriormente NO IMPLICA LA APROBACIÓN DE LA VISA, sino que indica que el consulado puede aceptar su solicitud, evaluarla y enviarla al Ministerio de Relaciones Exteriores, quien tomará la decisión final.
- El funcionario consular no puede decidir si le otorgará o no la Visa de Dependencia (DPM) hasta que usted presente formalmente su solicitud y esta sea evaluada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto, le recomendamos encarecidamente que NO compre boletos de avión no reembolsables ni haga otros planes de viaje hasta que reciba su visa.
- Una vez en territorio dominicano, los beneficiarios de la Visa de Dependencia (DPM) tienen un plazo de 30 días para presentarse ante la Dirección General de Migración (DGM) y realizar los trámites correspondientes para obtener su residencia o permiso temporal. Deberán cumplir con los requisitos adicionales exigidos por la DGM de acuerdo con el Reglamento de aplicación de la Ley General de Migración No. 285-04.
En consuladosdominicanos.us te ofrecemos la descarga directa del formulario de Visa de Dependencia Múltiple (DPM)